Calcula
cuánto puedes recibir
Contacta
con nosotros
FAQ’s
Es la solución que permite a las personas mayores de 65 años obtener la rentabilidad máxima del ahorro en su vivienda manteniendo la posesión. Nutual compra tu casa y te la alquila a un precio muy inferior al del mercado garantizándote que puedas vivir en ella mientras quieras.
Nos proporcionas tu edad y la información de tu vivienda, y tras hacer un análisis interno y una tasación por un experto independiente te hacemos una oferta en la que determinamos el precio de la compraventa y el precio del alquiler. A partir de ahí, puedes escoger cómo recibir el dinero para que se adapte mejor a tus necesidades; todo de una vez, mediante rentas mensuales para complementar tu pensión o parte al principio y el resto en pagos mensuales.
En la venta de la vivienda y la simultánea firma de un contrato de arrendamiento de carácter vitalicio, que te garantiza mantenerte de por vida en tu vivienda.
Son las cuotas de alquiler que se retienen del valor de la compraventa en función de la esperanza de vida estimada facilitándote permanecer en tu propio hogar de por vida sin tener que preocuparte por el alquiler. En el caso de que desees abandonar la casa o fallezcas antes de lo estimado, el importe no consumido de dicha bolsa de alquiler se devuelve a ti o a tus herederos.
Podrás permanecer en la vivienda mientras lo desees, en el caso de que excedas la esperanza de vida estimada el único coste que asumirás será el equivalente a los gastos de mantenimiento del inmueble (comunidad de propietarios, IBI y/o consumos). En otras palabras, nos comprometemos a mantenerte en el inmueble por lo que se denomina un “alquiler social”, que corresponde sólo a esos gastos de mantenimiento.
El importe a recibir resulta de:
- El valor de compraventa (por ejemplo 350.000 euros).
- La previsión de esperanza de vida (por ejemplo 10 años), o el plazo durante el que nos manifiestes que quieres disponer de la casa si es inferior.
- El valor del arrendamiento para dicha esperanza de vida (por ejemplo 120.000 euros a razón de 1.000 euros al mes).
El día de la firma se recibirían 230.000 euros, correspondientes a la diferencia entre el valor de compraventa (350.000 euros) y la renta estimada (120.000 euros).
Si no permanecieras en la casa el tiempo estimado tendrás derecho a recibir un importe adicional, correspondiente a la porción del arrendamiento no consumido («la bolsa de alquiler»).
Es importante remarcar que, en la Vivienda Inversa, el precio de venta de la vivienda suele tener un descuento en torno a un 10% y un 25% sobre el valor de mercado estipulado. No obstante, el precio del alquiler de la vivienda suele tener un tener un descuento también en torno a un 10% y un 25% sobre el valor de mercado actual de los alquileres.
Recibes el dinero el mismo día en que se formaliza el acuerdo ante el notario.
Así es, del dinero a percibir (siguiendo el mismo ejemplo de 230.000 euros), puedes elegir qué parte del mismo quieres recibir el primer día en forma de capital, y qué parte en forma de renta vitalicia.
Para lo que se da la opción de contratar una renta vitalicia con seguro de supervivencia a fin de que percibas de por vida una renta.
Sin perjuicio de lo anterior, eres plenamente libre de contratar otro producto de renta vitalicia.
La vivienda inversa cubre a ambos esposos, de manera que en caso de fallecimiento de uno de ellos, el otro continuará ocupando la vivienda en las mismas condiciones que el difunto esposo
Se te abonará de inmediato esa parte del arrendamiento no consumido.
Es habitual que las circunstancias de vida varíen. Así, la vivienda inversa se muestra como el producto más flexible del mercado, ya que en caso de dejar la casa antes del plazo estimado o en caso de fallecimiento antes de lo previsto, tú o tus herederos recibiréis la porción de arrendamiento no consumido.
Siguiendo el ejemplo anterior, si tras pasar 3 años (36 meses) deseas dejar la vivienda para ir a vivir con un hijo, tendrías derecho a percibir un importe adicional de 84.000 euros, ya que se habrían consumido 36.000 euros, correspondientes a 36 mensualidad de 1.000 euros cada una, de un total de 120.000 euros estimado de arrendamiento (120.000 – 36.000 = 84.000).
No. No cobramos ningún coste de asesoramiento o intermediación a los clientes.
Es una transacción completamente segura realizada ante Notario e inscrita en el Registro de la Propiedad. El contrato de arrendamiento es inscribible en el Registro de la Propiedad otorgándote protección frente a terceros y garantizándote de acuerdo con lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (art. 13.1. LAU), que nadie puede rescindir el contrato de alquiler ni modificar tus condiciones sin tu consentimiento.
La principal diferencia con la Hipoteca Inversa es que el importe a percibir suele ser muy inferior.
La Hipoteca Inversa es un préstamo que a día de hoy conlleva unos intereses cercanos al 6% anual.
En el caso de la Vivienda Inversa se trata de transmitir la vivienda, y el importe a recibir es muy superior sin que conlleve ese coste del 6% anual sobre el capital dispuesto.
Se trata de productos con distinto funcionamiento y finalidad, y pueden llegar a ser complementarios.
La Hipoteca Inversa se muestra adecuada para personas más jóvenes e importes menores (si lo que se quiere obtener es en torno al 25% del valor de inmueble) o cuando hay un especial interés en mantener la propiedad para los herederos.
En ocasiones personas que han solicitado una Hipoteca Inversa y ven como su deuda se incrementa mucho anualmente con motivo de los intereses, optan por transmitir su casa para repagar la deuda, recibir un dinero adicional y permanecer en el uso de la vivienda.
Así en caso de tener unas necesidades económicas mayores, la mejor opción es la Vivienda Inversa.
La principal diferencia es que la Nuda Propiedad no cubre la posibilidad de fallecer antes de lo estimado, ya que en tal caso no ofrece un importe adicional.
Además de lo anterior, los inversores de este tipo de productos no son institucionales (no se trata de grandes empresas auditadas, supervisadas…) sino de particulares, con los inconvenientes que ello puede conllevar de inseguridad y de que se trate de ofertas especulativas.
En definitiva, con la venta de la Nuda Propiedad no se obtiene más dinero, no cubre el riesgo de premoriencia, y se muestra como un producto menos seguro por el perfil de comprador (que no está alineado con los intereses del vendedor).
IIVTNU (Plusvalía Municipal): En tu condición de vendedor debes abonar este impuesto que grava el incremento del valor de los terrenos donde se encuentra tu casa. El tipo varía en función del ayuntamiento. Nosotros te asesoraremos para que puedas liquidar este impuesto sin complicaciones.
No pagarás IRPF. La venta de la vivienda habitual queda libre de impuestos para los mayores de 65 años, la ganancia patrimonial de esa venta queda exenta sin ningún tipo de condición. Eso si, para disfrutar por completo del beneficio fiscal si la vivienda fue adquirida por un matrimonio en régimen de gananciales es necesario, que ambos cónyuges tengan cumplidos los 65 años.
Además, si tu base imponible máxima no supera los 24.107,20 euros podrás aplicarte una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler de tu vivienda habitual.